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    El artículo que el directorio de la Bolsa no aplicó en el Caso Cascadas para no suspender a LarrainVial (El Mostrador)

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    Mensaje por Cucho Mar Sep 30, 2014 11:33 am

    30 de septiembre de 2014
    Todas las miradas estaban en Juan Andrés Camus
    El artículo que el directorio de la Bolsa no aplicó en el Caso Cascadas para no suspender a LarrainVial
    El 5 de enero de 2012, la Bolsa aprobó un cambio a sus estatutos que ayer le habría permitido suspender en forma “preventiva” a la corredora más grande de la plaza para proteger “la confianza en el mercado”.
    por Héctor Cárcamo


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    Todas las miradas estaban en Juan Andrés Camus.
    El presidente de la Bolsa de Comercio de Santiago (BCS) enfrentaba ayer su primer desafío real al frente del ruedo y tenía la responsabilidad de dar una señal de dureza para que no se repitan casos como el de las Cascadas. Pero, al mismo tiempo, en sus espaldas tenía la presión de no aplicar nuevas sanciones al principal socio de la Bolsa, LarrainVial.
    El artículo 49 de la Ley del Mercado de Valores establece con claridad que las infracciones por las que la SVS aplicó las millonarias multas y sancionó a LarrainVial, su socio Leonidas Vial y a los ejecutivos Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz, eran motivos suficientes para que la suspendiera o, incluso, expulsara del mercado.
    Sin embargo, ayer Camus hizo recordar la actitud de su antecesor Pablo Yrarrázaval, que siempre mantuvo una posición de defensa a sus asociados hasta que dejó la mesa.
    En su declaración tras el directorio de la Bolsa dijo que consultaron a expertos y al Comité de Buenas Prácticas que preside Enrique Barros y que fueron de la opinión de que la Bolsa no podía aplicar sanciones a LarrainVial, pues dicha atribución ya la había ejercido la SVS y por el principio de non bis in ídem les era imposible sancionar nuevamente.
    La excusa de la Bolsa es casi perfecta, pero olvidó –u omitió– un detalle que la retrotrae a un caso menos glamoroso del año 2010 –el de Francisco Montaner y Roberto Guzmán Lyon (sólo alcance de nombres con el caso Cascada)–, en que vivieron una situación similar y donde el Comité le recomendó hacer cambios para que pudiera suspender en forma “preventiva” a una corredora, ya que por el principio latino referido no podía, al igual que ahora, sancionar por partida doble.
    Ayer, Camus y sus compañeros de mesa, podían aplicarlo, pero prefirieron mirar para el lado.
    Esta es la historia del cambio legal que hoy les habría permitido suspender las operaciones de LarrainVial y que, pese a reconocer las “acusaciones extremadamente graves” de la SVS, el directorio decidió no utilizar.

    El caso Montaner

    El 21 de julio de 2010, la Bolsa de Comercio envía al Comité de Regulación presidido por Enrique Barros copia de dos resoluciones de la SVS, del 13 de julio del mismo año, que sancionaban a Francisco Montaner y Roberto Guzmán Lyon (no relacionado con el ahora sancionado por el caso Cascada), entonces ejecutivos y socios de la corredora de bolsa Fit Research, por uso de información privilegiada y uso indebido de valores en custodia.
    Le pedía la Bolsa a Barros que analizara el caso y propusiera medidas según sus facultades. El equipo de Barros responde el 2 de agosto de 2010 que la Bolsa no puede sancionar debido a que la SVS ya había aplicado castigos y –al igual que hoy con LarrainVial– no corresponde la doble sanción.
    Sin embargo, en ese momento el Comité le señala al directorio que presidía Yrarrázaval que los hechos eran especialmente graves y afectaban la fe pública del mercado de valores.
    En ese marco, el Comité le recuerda a la Bolsa que sus estatutos le obligan a ejercer las atribuciones para cumplir sus “fines sociales”, entre ellos, “propender a la formación de un mercado de valores abierto, competitivo, ordenado y transparente…”.
    Por ello, Barros y compañía le indican a la institución bursátil que, más allá de que no pueda aplicar sanciones, el directorio de la Bolsa “se encuentra facultado para adoptar las medidas preventivas que exijan las circunstancias a efectos de proteger la confianza en el mercado bursátil, con independencia de los recursos administrativos y las acciones judiciales que se interpongan en contra de las sanciones de la SVS, que pueden demorar largo tiempo en ser resueltas por los tribunales superiores…”.
    Dado ese escenario, y considerando que no pueden sancionar (en forma definitiva, se entiende), el Comité decide “recomendar” a Fit Research que mantenga fuera de la administración de la empresa a los ejecutivos hasta que se realizara una audiencia de formalización a la que habían sido citados en un juzgado de garantía.

    Recomendación clave

    Pero más relevante aún, y teniendo en consideración la imposibilidad que en ese momento el Comité detectó –y que ahora tanto éste como la Bolsa volvieron a esgrimir como excusa para no suspender o expulsar a LarrainVial o sus ejecutivos–, dicho Comité sugiere a la Bolsa “revisar sus estatutos para facultar expresamente al directorio para suspender a corredores de bolsa o a sus administradores, operadores o empleados, en carácter preventivo, con consulta al Comité de Regulación (hoy comité de Buenas Prácticas), cuando la medida sea conveniente o necesaria, en opinión del directorio, para proteger la confianza en el mercado bursátil”.
    La Bolsa acoge los comentarios de Barros y el 5 de enero de 2012 aprueba, en junta de accionistas, diversos cambios a sus estatutos. Las modificaciones son aprobadas luego, el 10 de abril de 2012, por el titular de la SVS, Fernando Coloma, el mismo que en septiembre de 2013 gatillaría el caso Cascada y que a fines de enero de 2014 acusaría a LarrainVial de ser instrumental a Julio Ponce en el “esquema” del caso.
    Las vueltas de la vida apuntan a que los cambios que aceptó Coloma hoy están siendo usados como excusa tanto por el Comité de Buenas Prácticas, que preside Barros, como por la Bolsa, que preside Camus, para no aplicar sanción alguna a LarrainVial.

    Mirando hacia el lado

    Ayer, el Comité dijo a la Bolsa que no corresponde que vuelva a sancionar a LarrainVial tras las multas de la SVS. El directorio de la sociedad fue obediente y afirmó que, si bien considera “extremadamente graves” las acusaciones (no las sanciones) de la SVS, no correspondía sancionar nuevamente.
    ¿Qué pasó en el Comité y la Bolsa entre el 2 de agosto de 2010 y ahora? ¿Fue tratada con una mano más blanda LarrainVial en comparación a lo que recibió Montaner y Guzmán hace cuatro años?
    El artículo 22 de los estatutos que rigen a la Bolsa desde el cambio aprobado en enero de 2012, autoriza al Comité para amonestar, censurar y aplicar multas a las corredoras, sus directores y ejecutivos, y también para suspender o cancelar a ejecutivos de las mismas. Pero reserva al directorio de la Bolsa la potestad para suspender y quitar la calidad de corredora de Bolsa, incluyendo si fue propuesto por el Comité.
    Cercanos a la Bolsa indican que estas atribuciones se refieren a cuando la misma Bolsa o el Comité realizan investigaciones propias que derivan en sanciones. Por ende, esta parte de los estatutos no podía ser utilizada por la Bolsa ni el Comité para tomar medidas. Al menos, se entiende, hasta que los tribunales determinen algo distinto.
    Sin embargo, los estatutos dejaron un párrafo que ayer la mesa que preside Camus pudo aplicar contra LarrainVial y que decidió no usar.
    El artículo 27, en su inciso final, indica textual: “También podrá ser suspendido un Corredor en sus funciones y actividades, en carácter preventivo, con consulta al Comité, cuando esta medida sea conveniente o necesaria, en opinión del Directorio, para proteger la confianza en el mercado bursátil”.
    Este inciso, asegura una alta fuente cercana a la Bolsa, venía a corregir justamente lo que el Comité le planteó a la Bolsa en 2010 a propósito de Montaner, en cuanto a la posibilidad de aplicar sanciones “preventivas” mientras procesos administrativos o judiciales siguieran abiertos, como es del caso con LarrainVial.
    Ayer, Camus y sus compañeros de mesa, conociendo este artículo, por razones que solo ellos saben, decidieron no aplicarlo.

    Defensa de Camus

    En la previa de la reunión de ayer, Juan Andrés Camus ya venía preparando el camino para que el mercado no se sorprendiera si el directorio de la Bolsa no aplicaba nuevas sanciones a LarrainVial.
    En entrevista con diario Pulso, Camus apuntó a que 8 de las 10 operaciones multadas por la SVS fueron realizadas en la Bolsa electrónica y que solo el 8% se dio en la Bolsa.
    Camus también ha hecho hincapié en que la misma SVS, en su fallo, reconoce que las operaciones se apegaron a la normativa bursátil.
    Fuentes que conocen bien el caso también dicen que el directorio se exponía a demandas si tomaba medidas más drásticas que las que aplicó la SVS y resultara que el fallo se revierte en tribunales.
    Otro argumento es que ni en Wall Street ni en Londres los reguladores suspendieron a los gigantes del mercado, pese a que los multaron en miles de millones de dólares.
    Hay actores del mercado que piden paciencia y que Camus eventualmente hará los cambios que el mercado está pidiendo a gritos, pero tiene que convencer a un grupo dispar de socios de que ese es el camino adecuado.

    Fuente: http://www.elmostrador.cl/negocios/2014/09/30/el-articulo-que-el-directorio-de-la-bolsa-no-aplico-en-el-caso-cascadas-para-no-suspender-a-larrainvial/

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